Como Arrendar Un Inmueble en Aliados Inmobiliarios S.A.
- Los requisitos para el arriendo depende directamente del valor del arriendo, según el cuadro a continuación:
CANON HASTA $1.300.000 | CANON DE $1.300.001 HASTA $4.000.000 | CANON MAS DE $4.000.000 | |
ARRENDATARIO | Debe demostrar ingresos por el doble del canon de arrendamiento y no tener reporte en centrales de riesgos | ||
CODEUDORES |
| Dos Deudores con ingresos por el doble del canon y uno de los dos debe acreditar finca raíz. | Dos Deudores con ingresos por el doble del canon y ambos deben acreditar finca raíz. |
NOTA: Se debe presentar certificado de libertad y tradición del inmueble acreditar, libre de limitaciones o embargos, no debe ser vivienda de interés social y no mayor a 30 días.
EMPLEADO (Formulario Persona Natural) | TRABAJADOR INDEPENDIENTE (Formulario P.N) | PERSONA JURIDICA (Formulario Persona Jurídica) |
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- Cancelar el valor por el estudio de la documentación correspondiente a través de consignación:
- El libertador: Banco Davivienda Cta Empresarial No. 00650018589-4 a nombre de El Libertador S.A. Nit. 860.035.977-1
Valor canon menor de $500.000 | Valor estudio $20.500 |
Valor canon mayor de $500.000 | Valor estudio 5% + iva sobre canon |
- Unifianza: Bancolombia cuenta de ahorro recuado empresarial #38373
- Entrega de contrato: Una vez aprobada la solicitud, puede retirar el contrato PREVIA cancelación de los “Honorarios por Tramitación de Contrato” que según lo autorizado corresponde a un 60% del valor del arriendo más el IVA 19% , de acuerdo a la costumbre mercantil expedida por la Cámara de Comercio de Barranquilla: http://www.camarabaq.org.co/item-servicios/costumbre-mercantil/ (Este valor no es reembolsable)
- Firma del contrato: Debe ser con AUTENTICACIÓN BIOMETRICA de firmas y texto en Notaría, tanto arrendatario como codeudores tres (3) ejemplares, los demás ejemplares firma simple.
- Plazo máximo para devolver el contrato es tres (3) días en Barranquilla y cinco (5) días fuera de la ciudad, para efectos de la revisión por el área Jurídica, el inmueble NO SE ENTREGA el mismo día que usted devuelve el contrato tramitado a la inmobiliaria.
- Para su tranquilidad, nuestro contrato de arrendamiento esta revisado y avalado por la Aseguradora, nuestra área jurídica y entes de control, por lo tanto, cumple con los estatutos legales para el arrendamiento.
- Entrega del inmueble: Se programa hora y fecha de entrega una vez el contrato es recibido por la inmobiliaria
- Cancelar el valor del arriendo y la administración si la hubiere, un (1) día antes de la entrega, de lo contrario se programará nueva fecha y hora.
- Agradecemos su puntualidad el supervisor esperará máximo 15 minutos después de la hora programada, tiempo en que el funcionario se retirará y la entrega queda sujeta a nueva programación.
- Si el inmueble necesita reparaciones, para su comodidad y satisfacción se entregará después de arregladas.
- Firma del inventario y entrega física del inmueble: Solo el Arrendatario puede recibir el inmueble salvo que presente o envíe el día anterior orden escrita autorizando a un tercero a recibir y firmar el inventario del inmueble.
- Mudanza: Solo después de efectuado el inventario y recibido el inmueble, podrá ocuparlo por lo tanto no podrá coordinar mudanza en el mismo momento de la entrega, sino después de recibir el inmueble.
Agradecemos su atención a estas recomendaciones las cuales presentamos con el objeto de prestarle un mejor servicio.